El pasado sábado 11 de mayo de 2019 se publicó en el BOE el nuevo RD 308/2019, de 26 de abril, por el que se aprueba la norma de calidad para el pan, y que entrará en vigor el 01 de julio de 2019, derogando la antigua norma que regula la fabricación de pan y panes especiales Real Decreto 1137/1984, que ha estado en vigor más de 35 años.
Desde el Área de Asesoría y Consultoría Técnico-legal de Grupo Bonmacor hemos querido realizar un breve resumen con las novedades más relevantes que contiene la nueva norma.
Una es que a su entrada en vigor, los panes integrales que hasta ahora eran panes especiales, pasarán a ser considerados panes comunes que a efectos fiscales se les aplicará el tipo de IVA superreducido del 4%, y para poder utilizar la denominación de “pan integral” deberán ser elaborados con harina exclusivamente integral.
También define el concepto de “masa madre” que establece un tipo de elaboración que limita el uso de levaduras industriales y un proceso productivo determinado para poder utilizar la denominación “pan elaborado con masa madre”.
Asimismo establece denominaciones de pan especial, entre los que se encuentran el pan multicereal, de viena, colines, regañás, biscote, pan de molde o rallado. Concretamente el pan multicereal será aquel pan elaborado con tres o más harinas diferentes, de las cuales al menos dos procederán de cereales. Las tres harinas mayoritarias deberán representar por lo menos un 10% cada una y las harinas procedentes de cereales no podrán suponer menos del 30% sobre la mezcla total de harinas.
Además, dentro de los cambios principales está la limitación del contenido de sal en pan común en 13, 1 g de sal por kilogramo de pan.
Finalmente, con esta norma se regulan muchas de las denominaciones de los panes que anteriormente quedaban difusas.
Si tienes alguna duda sobre ésta o cualquier otra norma o reglamento, consulta con el servicio de Asesoría y Consultoría Técnico-legal de Grupo Bonmacor!